| Resolución | PS-00119-2025-revocacion |
| Firmado | 2026-03-21T09:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
Resumen de la decisión:
Se denunció la difusión de imágenes manipuladas con inteligencia artificial que representaban cuerpos desnudos sin consentimiento, presumiblemente originadas en un grupo de redes sociales y compartidas en plataformas como OnlyFans y páginas pornográficas. La reclamante alegó que dichas imágenes afectaban a su privacidad e integridad, solicitando su retirada y una sanción para los responsables.
Tras una investigación, se identificó a un individuo, C.C.C., como participante en la difusión de las imágenes. Se inició un procedimiento sancionador contra él por presunta infracción del derecho a la protección de datos (artículo 6.1 del RGPD), tipificado como infracción grave (artículo 83.5.a del RGPD). La sanción inicial propuesta fue de 2.000€, reducida a 1.200€ tras el pago voluntario por parte del denunciado.
Sin embargo, con posterioridad se conoció que el caso ya había sido resuelto judicialmente. El Juzgado correspondiente emitió una sentencia condenatoria contra C.C.C., quien admitió los hechos y aceptó la medida impuesta (formación en igualdad de género y uso responsable de tecnologías). Dada la existencia de una resolución penal firme, la autoridad decidió revocar el procedimiento administrativo, al considerarse que los hechos ya habían sido juzgados y sancionados en el ámbito penal, evitando así una doble persecución. No se impuso sanción adicional, ya que el objetivo se cumplió mediante la vía judicial.