La AEPD multa a arrendador con 5.300 euros por instalar cámaras sin consentimiento en vivienda compartida

Resolución PS-00117-2023
Firmado 2023-12-12T00:00:00Z
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Un inquilino denunció a su arrendador por instalar una cámara de videovigilancia en el pasillo de una vivienda compartida, afectando zonas comunes y la entrada a su habitación. El arrendador no informó ni obtuvo el consentimiento del inquilino, ni colocó carteles indicando la videovigilancia. La decisión sanciona al arrendador con una multa de 5.300 euros por incumplir el artículo 6.1 y 13 del RGPD, que requieren una base legal para el tratamiento de datos y la información a los afectados. Además, se le ordena retirar la cámara en un mes. La sanción se justifica por la vulneración de la intimidad y la falta de transparencia en el uso de la videovigilancia.