AEPD sanciona a MONUMENTAL FORMA SPORT por solicitar datos personales excesivos en promoción gratuita

Resolución PS-00114-2025
Firmado 2025-12-03T00:00:00Z
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La decisión sanciona a la empresa MONUMENTAL FORMA SPORT, S.L. por una infracción del artículo 5.1.c) del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), que establece el principio de minimización de datos. Este principio exige que los datos personales sean adecuados, pertinentes y limitados a lo necesario en relación con los fines para los que son tratados.

La reclamación se originó porque la empresa ofrecía una promoción de un día gratuito en sus gimnasios, pero solicitaba datos personales excesivos para acceder a esta promoción. Entre los datos requeridos se encontraban el documento de identidad, fecha de nacimiento, sexo, nombre y apellidos, código postal, correo electrónico, número de teléfono móvil, y datos financieros como el número de tarjeta bancaria, el titular de la tarjeta y el CVN. La parte reclamante consideró que esta solicitud de datos era desproporcionada para un servicio gratuito.

La empresa no respondió a la notificación de la reclamación, lo que llevó a la apertura de un procedimiento sancionador. Se comprobó que la empresa continuaba solicitando estos datos excesivos, lo que constituía una infracción del principio de minimización de datos.

La sanción impuesta fue de 3.000 euros. Además, se ordenó a la empresa que, en un plazo de tres meses, adoptara medidas para garantizar que no se solicitaran datos personales excesivos en el marco de la promoción de un día gratuito. La empresa debe acreditar la adopción de estas medidas para evitar futuras sanciones. La resolución es firme y ejecutiva, y la empresa debe hacer efectiva la sanción en el plazo establecido.