| Resolución | PS-00113-2021 |
| Firmado | 2021-04-22T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
La entidad SOLRAM T Y R S.L. fue sancionada con 3.000 euros por no eliminar los datos personales de un reclamante, a pesar de que este había solicitado expresamente su supresión. El reclamante denunció que, tras pedir que no se utilizaran sus datos para fines comerciales, continuó recibiendo mensajes publicitarios a través de WhatsApp. La entidad no respondió a los requerimientos de información ni a la incoación del expediente sancionador, lo que agravó la situación. La sanción se impuso por la falta de diligencia en cumplir con el derecho al olvido, conforme al artículo 17 del RGPD.