| Resolución | PS-00112-2023 |
| Firmado | 2023-10-11T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
Un individuo denunció la instalación de una cámara en la fachada exterior de un inmueble, orientada hacia la vía pública, sin la autorización administrativa correspondiente. La parte denunciada no proporcionó explicación ni tomó medidas para adecuarse a la normativa de protección de datos. Se constató que la cámara estaba mal orientada, afectando a derechos de terceros. La sanción impuesta fue de 300 euros debido a la vulneración del principio de minimización de datos, según el artículo 5.1.c del RGPD. Además, se ordenó la reorientación o retirada de la cámara hacia la zona privada del inmueble.