| Resolución | PS-00112-2018 |
| Firmado | 2018-04-27T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
En el procedimiento sancionador PS/00112/2018, la entidad MAPFRE SEGUROS GENERALES, CIA. DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A. fue denunciada por B.B.B. por no haber proporcionado la información requerida en el marco de una investigación en curso. La denuncia se basó en el incumplimiento de un requerimiento de información solicitada por la entidad responsable de la protección de datos, que incluía datos personales, productos contratados, facturas, comunicaciones y detalles de contratación.
La entidad fue requerida a proporcionar documentación detallada sobre B.B.B., incluyendo datos personales, productos contratados, facturas, comunicaciones y detalles de contratación. Sin embargo, MAPFRE no respondió dentro del plazo establecido, lo que constituyó una infracción grave según la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal.
La infracción se tipificó como grave, con una posible sanción que oscilaba entre 40.001 y 300.000 euros. La entidad tuvo la oportunidad de formular alegaciones y presentar pruebas, así como de reconocer su responsabilidad y pagar una sanción reducida. MAPFRE optó por reconocer su responsabilidad y procedió al pago voluntario de la sanción en la cuantía de 24.000,60 euros, lo que conllevó la terminación del procedimiento sancionador.
La resolución declaró la terminación del procedimiento debido al pago voluntario y el reconocimiento de responsabilidad por parte de MAPFRE, evitando así un proceso más largo y costoso. La entidad también renunció a cualquier acción o recurso en vía administrativa contra la sanción impuesta.