| Resolución | PS-00111-2024 |
| Firmado | 2024-11-25T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
Se ha impuesto una multa de 10.000 euros a B.B.B. por la publicación de datos personales sin consentimiento en dos canales de Telegram. Las reclamaciones presentadas por diez personas afectadas denuncian la exposición de información sensible como nombres, números de teléfono, direcciones y distintivos de radioaficionado. La sanción se debe a la vulneración del artículo 6.1 del RGPD, que establece que el tratamiento de datos debe ser lícito y contar con una base legal. Además, se ordena a B.B.B. que retire toda la información publicada y se abstenga de difundir más datos personales sin el consentimiento de los titulares.