La AEPD sanciona con 300 euros a B.B.B. por captar imágenes de la vía pública sin autorización con su sistema de videovigilancia.

Resolución PS-00111-2023
Firmado 2024-04-12T00:00:00Z
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B.B.B. fue sancionado con una multa de 300 euros por instalar un sistema de videovigilancia que captaba imágenes de la vía pública sin autorización. La reclamación se basó en que la cámara estaba orientada hacia la calle y las imágenes obtenidas se compartían a través de WhatsApp. La sanción se impuso debido a la vulneración del principio de minimización de datos del RGPD, que establece que solo se deben captar imágenes necesarias y pertinentes para la finalidad de seguridad. La parte reclamada reconoció la infracción y retiró la cámara, pero la sanción se mantuvo por el incumplimiento previo.