AEPD sanciona a particular por instalar cámara de videovigilancia que vulnera la privacidad en espacios públicos

Resolución PS-00110-2021
Firmado 2021-09-13T00:00:00Z
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Un particular, identificado como B.B.B., fue denunciado por instalar una cámara de videovigilancia orientada hacia la vía pública y un parque aledaño, captando imágenes de zonas ajenas a su propiedad. La denuncia se fundamenta en el incumplimiento de la normativa de protección de datos, específicamente el principio de minimización de datos establecido en el artículo 5.1.c del RGPD.

La resolución concluye que la instalación vulnera la privacidad de terceros, ya que las cámaras no deben captar imágenes de espacios públicos sin una justificación adecuada. Se considera que los hechos constituyen una infracción leve, por lo que se dirige un apercibimiento a B.B.B. Además, se le ordena reorientar la cámara hacia su propiedad particular o retirarla en un plazo de diez días, bajo amenaza de un nuevo procedimiento sancionador si no cumple con esta medida.