| Resolución | PS-00109-2024 |
| Firmado | 2024-06-05T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
El procedimiento sancionador contra EUROBOX, S.A. se inició debido a una reclamación presentada por un usuario cuyo cuenta fue suspendida. La empresa solicitó documentación personal y financiera para reactivar la cuenta, lo cual el usuario consideró ilegal. EUROBOX argumentó que la suspensión se debió a un comportamiento indicativo de juego profesional, prohibido por sus términos y condiciones.
Se inició un procedimiento sancionador por dos infracciones: la primera, por solicitar datos personales excesivos y no pertinentes (principio de minimización de datos); la segunda, por no informar adecuadamente al usuario sobre los fines del tratamiento de sus datos (artículo 13 del RGPD). La sanción propuesta fue de 10.000 euros, reducida a 6.000 euros por el pago voluntario y reconocimiento de responsabilidad por parte de EUROBOX. El procedimiento se terminó con la imposición de medidas correctivas, como ajustar la solicitud de datos y mejorar la información en su Política de Privacidad.