| Resolución | PS-00108-2020 |
| Firmado | 2020-09-15T00:00:00Z |
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Un individuo fue denunciado por tener una cámara de video-vigilancia en el interior de su vehículo orientada hacia un espacio público sin causa justificada. La denuncia fue presentada por la Guardia Civil, que adjuntó imágenes y un reportaje fotográfico como prueba. Las investigaciones confirmaron la existencia y operatividad de la cámara, así como la falta de un cartel informativo que indicara la vigilancia y su finalidad.
La decisión sancionó al individuo con una multa de 1.500 euros por vulnerar el principio de minimización de datos establecido en el artículo 5.1.c del RGPD. La sanción se justificó por la gravedad de los hechos, la falta de notificación y la intencionalidad en el control del espacio público sin una causa legítima.