| Resolución | PS-00103-2019 |
| Firmado | 2019-08-14T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
El Centro Médico Monforte Vaguada S.A. fue objeto de una reclamación por haber entregado documentación a la exmujer de un paciente, conteniendo información personal y financiera tanto del paciente como de un familiar. Esta documentación fue utilizada en un procedimiento judicial de modificación de medidas de divorcio.
El paciente, A.A.A., denunció que el centro médico entregó a su exmujer, B.B.B., un documento de resolución de contrato de arrendamiento que incluía detalles sobre una indemnización recibida por A.A.A. y otra persona, D.D.D. La exmujer utilizó esta información en un procedimiento judicial, lo que perjudicó al reclamante.
El centro médico argumentó que actuó de buena fe, creyendo que la exmujer tenía un interés legítimo en conocer la información, ya que el contrato de arrendamiento se celebró durante el matrimonio y ella era acreedora del 50% de la indemnización. Sin embargo, no pudo demostrar que hubiera obtenido el consentimiento de los afectados ni que existiera una base legal para la cesión de datos.
La resolución determinó que el centro médico incurrió en una infracción grave al comunicar datos personales sin el consentimiento de los interesados ni una base legal que lo justificara. Aunque no se impuso una sanción económica, se apercibió al centro médico para que adoptara medidas correctoras y garantizara que futuros tratamientos de datos se realicen con el consentimiento de los interesados o sobre otra base legítima. Además, se le requirió informar sobre el cumplimiento de estas medidas.