| Resolución | PS-00102-2020 |
| Firmado | 2020-06-24T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
La denuncia presentada por A.A.A. contra Iberdrola Clientes, SAU se refiere a la recepción por parte de un tercero ajeno de la factura de electricidad de la reclamante, la cual contenía datos sensibles como su nombre completo, NIF, domicilio y parte de su número de cuenta bancaria. Esto constituyó una vulneración de la seguridad y confidencialidad de los datos personales, incumpliendo el artículo 5.1 f) del RGPD.
Se inició un procedimiento sancionador con una posible multa de 40.000 euros, que podría reducirse a 32.000 euros si se reconocía la responsabilidad o a 24.000 euros con el pago voluntario. Iberdrola optó por pagar voluntariamente la sanción reducida de 24.000 euros, reconociendo así su responsabilidad y renunciando a cualquier recurso. Esto llevó a la terminación del procedimiento sancionador.