| Resolución | PS-00100-2023 |
| Firmado | 2024-01-23T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
Una persona denunció que se contrató una línea móvil a su nombre sin su consentimiento, utilizando su DNI pero con otros datos incorrectos. La operadora, Telefónica, no verificó adecuadamente la identidad del contratante y no informó a la reclamante sobre el alta. La persona afectada se enteró al recibir una reclamación por impago. Telefónica suspendió la línea y regularizó la situación, pero se le impuso una multa de 70.000 euros por no cumplir con las condiciones de licitud del tratamiento de datos personales, según el artículo 6.1 del RGPD. La sanción se justifica por la gravedad de la infracción y la vinculación de la actividad de Telefónica con el tratamiento de datos personales.