Pediatra sancionado con 6.000 euros por enviar datos de menores por WhatsApp sin consentimiento

Resolución PS-00094-2018
Firmado 2018-09-04T00:00:00Z
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En el procedimiento sancionador PS/00094/2018, se denunció que un pediatra, identificado como Don A.A.A., envió por WhatsApp a su pareja datos personales de sus pacientes menores de edad. Estos datos incluían fotografías de pacientes en la consulta, imágenes de su agenda con nombres, apellidos y teléfonos de contacto de 31 pacientes, y un vídeo de dos menores con su madre en la consulta. La denunciante, quien mantuvo una relación sentimental con el pediatra, aportó un acta notarial que transcribía estos mensajes y las imágenes mencionadas.

El pediatra fue acusado de infringir los artículos 6.1 y 10 de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD), que establecen la necesidad de consentimiento para el tratamiento de datos personales y el deber de confidencialidad. El denunciado argumentó que los datos no eran identificables y que contaba con el consentimiento verbal de los padres de los menores, además de que las imágenes pertenecían a su ámbito doméstico y no profesional.

Sin embargo, se determinó que los datos enviados sí eran identificables y que no se había acreditado el consentimiento de los afectados. Además, se consideró que el pediatra, como responsable del tratamiento de los datos, había vulnerado el deber de confidencialidad al enviar información personal de sus pacientes a un tercero no autorizado.

Como resultado, se impuso una sanción de 6.000 euros al pediatra por la infracción del artículo 6.1 de la LOPD, tipificada como grave. La sanción se justificó por la gravedad de los hechos, especialmente dado que los datos pertenecían a menores de edad y que el responsable del tratamiento era un profesional sujeto al secreto profesional. La resolución también advirtió al sancionado sobre la obligación de hacer efectiva la sanción una vez sea ejecutiva la resolución.