AEPD sanciona a Vodafone Ono con 36.000 euros por exponer datos personales de más de ochenta usuarios en un correo publicitario

Resolución PS-00092-2019
Firmado 2019-05-09T00:00:00Z
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En el procedimiento sancionador PS/00092/2019, se denunció que Vodafone Ono, S.A.U. había enviado un correo electrónico publicitario que exponía los datos personales de más de ochenta destinatarios, incluyendo nombres y direcciones de correo electrónico. Este incidente ocurrió en agosto de 2018, cuando un cliente de Vodafone Ono recibió un correo que revelaba información confidencial de otros usuarios.

La denuncia se basó en la vulneración del principio de confidencialidad y seguridad de los datos personales, tal como lo establece el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). Según la normativa, los datos personales deben ser tratados de manera que se garantice una seguridad adecuada, protegiéndolos contra el tratamiento no autorizado o ilícito, así como contra su pérdida, destrucción o daño accidental.

Vodafone Ono reconoció que el incidente fue un error humano y no una práctica habitual. La empresa envió un comunicado a sus comerciales recordando la importancia de mantener la confidencialidad de los datos y se disculpó con el denunciante. Sin embargo, esta acción no fue suficiente para evitar una sanción, ya que se consideró una infracción grave del RGPD.

La sanción propuesta inicialmente fue de 60.000 euros, pero se redujo a 48.000 euros por el reconocimiento de responsabilidad y a 36.000 euros por el pago voluntario dentro del plazo establecido. Vodafone Ono optó por pagar esta cantidad, lo que llevó a la terminación del procedimiento sancionador. Este pago implicó el reconocimiento de responsabilidad y la renuncia a cualquier acción o recurso en vía administrativa contra la sanción.