AEPD sanciona con apercibimiento a la AMPA del Colegio María Blanchard por usar fotos de menores sin consentimiento comercial

Resolución PS-00089-2019
Firmado 2019-04-10T00:00:00Z
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La Asociación de Madres y Padres del Colegio María Blanchard fue denunciada por un padre, A.A.A., quien reclamó que la asociación había tomado fotografías de sus hijos sin su consentimiento para comercializar calendarios. Este acto se consideró una infracción del artículo 6.1.a) en relación con el artículo 8 del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), ya que el padre solo había dado su consentimiento para que el colegio tomara fotos, no para su uso comercial.

La asociación argumentó que nunca había recibido oposición para tomar las fotografías y que, tras conocer la reclamación, retiró las imágenes. Además, implementó un nuevo sistema para cumplir con el RGPD, incluyendo formularios para recoger consentimientos y ejercer derechos relacionados con la protección de datos. La asociación también aseguró que había solicitado el consentimiento expreso de los padres para futuras actividades similares.

A pesar de las medidas correctivas adoptadas por la asociación, se determinó que había cometido una infracción al tratar la imagen de los menores sin el consentimiento adecuado. Sin embargo, debido a las acciones tomadas para subsanar el problema y garantizar el cumplimiento futuro de la normativa, la resolución fue un apercibimiento. Este tipo de sanción se impone cuando se ha infringido el RGPD, pero se han adoptado medidas correctivas adecuadas para evitar futuras infracciones.