Vodafone sancionada con 84.000 euros por la AEPD por tratar datos personales sin consentimiento y registrar información inexacta en ficheros de morosos.

Resolución PS-00089-2018
Firmado 2018-07-13T00:00:00Z
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En el procedimiento sancionador PS/00089/2018, se denunció que Vodafone España, S.A.U. había tratado datos personales sin el consentimiento de la afectada, A.A.A. La denunciante alegó que su identidad había sido suplantada para contratar servicios de telecomunicaciones y un préstamo, lo que resultó en la inclusión de sus datos en ficheros de morosos.

La denuncia se basó en varios hechos: la reclamación de una deuda por un aspirador que A.A.A. no había adquirido, la inclusión de sus datos en ficheros de morosos por deudas de Vodafone y Unión Financiera Asturiana, y la contratación de líneas telefónicas a su nombre sin su consentimiento. La denunciante adjuntó documentos que respaldaban su versión, incluyendo denuncias policiales y solicitudes de arbitraje.

Vodafone reconoció que las líneas telefónicas y las deudas asociadas eran fraudulentas y procedió a anularlas. Sin embargo, se inició un procedimiento sancionador por dos infracciones graves: tratar datos personales sin consentimiento y registrar datos inexactos en ficheros de solvencia patrimonial.

La sanción propuesta inicialmente fue de 140.000 euros, pero se redujo a 84.000 euros debido al pago voluntario y el reconocimiento de responsabilidad por parte de Vodafone. Esta reducción se aplicó conforme a lo establecido en la Ley del Procedimiento Administrativo Común, que permite disminuir la sanción en un 20% por el reconocimiento de responsabilidad y otro 20% por el pago voluntario antes de la resolución del procedimiento.

El procedimiento se terminó con el pago de la sanción, lo que implicó el reconocimiento de responsabilidad y la renuncia a cualquier acción o recurso en vía administrativa contra la sanción.