| Resolución | PS-00088-2019 |
| Firmado | 2020-08-11T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
Una empleada de la Mancomunidad del Guadalquivir denunció el uso no autorizado de su número de teléfono personal durante su baja médica. La reclamante aseguró que nunca proporcionó su número personal y que recibió múltiples llamadas y mensajes de WhatsApp de un superior, quien le exigía realizar tareas laborales. La empleada había solicitado que cesaran las comunicaciones, pero estas continuaron. La entidad no respondió a las solicitudes de información ni adoptó medidas para evitar futuras incidencias. La decisión sancionó a la Mancomunidad con un apercibimiento por infringir el principio de licitud, lealtad y transparencia en el tratamiento de datos personales, al no contar con una base legítima para el uso del número de teléfono personal de la empleada.