| Resolución | PS-00087-2021 |
| Firmado | 2021-04-05T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
El procedimiento PS/00087/2021 se inició tras una denuncia de A.A.A., quien reclamó haber recibido repetidamente SMS publicitarios sin su consentimiento. La empresa PROMOTECH DIGITAL, S.L. argumentó que el reclamante había utilizado su servicio en 2016 y que conservaba sus datos por motivos legales. Sin embargo, se determinó que la empresa había enviado SMS publicitarios sin el consentimiento explícito del reclamante, lo cual vulneraba el artículo 21 del RGPD y el artículo 21 de la LSSI.
La sanción inicial propuesta fue de 5.000 euros, pero se redujo a 3.000 euros debido al pago voluntario y el reconocimiento de responsabilidad por parte de la empresa. Este pago implicó la terminación del procedimiento sancionador.