| Resolución | PS-00085-2020 |
| Firmado | 2020-09-08T00:00:00Z |
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El Ayuntamiento de Xeresa denunció a un vecino por la instalación de una cámara de video-vigilancia que podría estar orientada hacia el espacio público sin justificación. La denuncia se basó en un reportaje fotográfico que mostraba la ubicación de la cámara. Se inició un procedimiento sancionador por la presunta infracción del artículo 5.1.c del RGPD, que establece que los datos personales deben ser adecuados, pertinentes y limitados a lo necesario para los fines del tratamiento.
La resolución concluyó que el vecino no había acreditado la legalidad del sistema de video-vigilancia, por lo que se le impuso una sanción de apercibimiento. Además, se le requirió que aportara pruebas documentales que demostraran la legalidad del sistema o que mostraran lo que la cámara realmente capta. La sanción fue leve debido a que no se acreditó inicialmente que la cámara obtuviera imágenes del espacio público.