| Resolución | PS-00080-2021 |
| Firmado | 2021-10-27T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
La empresa TALLERES PARRON RAMOS, S.L.U. fue denunciada por instalar un sistema de videovigilancia que captaba imágenes de zonas ajenas a sus instalaciones, incluyendo un patio compartido con otros negocios. La denuncia alegaba que las cámaras grababan a clientes y empleados de otros establecimientos sin su consentimiento, lo que constituía un incumplimiento de la normativa de protección de datos.
Durante el procedimiento, la empresa ajustó la orientación de las cámaras para reducir el campo de visión y capturar solo lo mínimo imprescindible para la seguridad de sus instalaciones. A pesar de este ajuste, se consideró que inicialmente hubo una infracción del principio de proporcionalidad en el tratamiento de datos personales.
Finalmente, se decidió dirigir un apercibimiento a la empresa por la infracción del artículo 5.1.c) del RGPD, que establece el principio de minimización de datos. No se impusieron sanciones adicionales debido a la colaboración de la empresa en corregir el problema y ajustarse a la normativa vigente.