AEPD Multa a G.L.P. Instalaciones 86, S.L. con 60.000 Euros por Tratar Datos Personales sin Licitud

Resolución PS-00079-2020
Firmado 2020-09-07T00:00:00Z
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El reclamante denunció a G.L.P. Instalaciones 86, S.L. por haber recibido llamadas de dos empresas que se presentaron como colaboradoras de Naturgy, a pesar de que él solo había contactado con Naturgy para solicitar un presupuesto. El reclamante tuvo problemas con la instalación realizada por G.L.P. y Naturgy negó cualquier relación con esta empresa. El reclamante desconocía cómo G.L.P. había obtenido sus datos personales.

Se inició un procedimiento sancionador contra G.L.P. por vulnerar el artículo 6.1 del RGPD, que establece que el tratamiento de datos personales debe ser lícito, leal y transparente. La empresa no respondió a las solicitudes de información, lo que evidenció su falta de legitimación para tratar los datos del reclamante. Por ello, se le impuso una multa de 60.000 euros por no poder demostrar la licitud del tratamiento de los datos personales del reclamante.