AEPD sanciona a Telefónica con 54.000 euros por incumplir la LOPD al no resolver cargos no reconocidos y facturas indebidas.

Resolución PS-00077-2018
Firmado 2018-04-13T00:00:00Z
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El procedimiento sancionador PS/00077/2018 se inició debido a una denuncia presentada por A.A.A. contra Telefónica de España, S.A.U. La denuncia se basaba en cargos no reconocidos en una línea fija, así como en la recepción continua de facturas de servicios que no había contratado. A.A.A. había presentado reclamaciones ante la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) y había devuelto los recibos, pero los cargos continuaron apareciendo.

Telefónica de España, S.A.U. argumentó que los hechos podrían deberse a una incidencia en la domiciliación bancaria y sugirió que A.A.A. se dirigiera a su entidad bancaria para resolver el problema. Sin embargo, se determinó que la empresa no había actuado con la debida diligencia al no resolver la situación a pesar de haber sido informada de los hechos desde febrero de 2016. La denunciante continuó recibiendo facturas mensuales hasta octubre de 2016, lo que evidenció una falta de acción por parte de Telefónica.

La infracción se consideró grave según el artículo 6 de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD), que establece que el tratamiento de datos personales requiere el consentimiento inequívoco del afectado. La sanción propuesta inicialmente fue de 90.000 euros, pero se redujo a 72.000 euros por el reconocimiento de responsabilidad y a 54.000 euros por el pago voluntario de la sanción. Telefónica de España, S.A.U. pagó la sanción reducida, lo que llevó a la terminación del procedimiento sancionador.