AEPD sanciona a Liberbank con 20.000 euros por ceder datos personales sin consentimiento a Lindorff y perjudicar a una cliente.

Resolución PS-00076-2019
Firmado 2019-09-12T00:00:00Z
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En el procedimiento sancionador PS/00076/2019, se denunció que la entidad LIBERBANK había incluido los datos personales de Dña. A.A.A. en el fichero ASNEF por una deuda que la reclamante aseguraba no ser cierta, vencida ni exigible. Además, la reclamante no había sido notificada de su inclusión en el fichero ni requerida para el pago por la entidad acreedora, LINDORFF, de la cual desconocía su existencia.

La denuncia se basó en que la inclusión de sus datos en ASNEF le había perjudicado en operaciones con otras entidades. LINDORFF, que había adquirido la deuda de LIBERBANK, confirmó la inclusión de los datos en ASNEF y la posterior baja cautelar tras una solicitud de cancelación. Sin embargo, LIBERBANK no pudo acreditar que contaba con el consentimiento de la reclamante para ceder sus datos a LINDORFF, ni que la deuda fuera cierta, vencida y exigible.

La entidad LIBERBANK fue sancionada con una multa de 20.000 euros por vulnerar el artículo 11.1 de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD). Este artículo exige el consentimiento del afectado para la cesión de datos personales a un tercero, salvo en casos específicos que no se aplicaban en este caso. La sanción se impuso debido a la falta de diligencia de LIBERBANK al no verificar el consentimiento de la reclamante antes de ceder sus datos, lo que resultó en un perjuicio evidente para la misma.