AEPD sanciona con 300 euros por cámara de videovigilancia mal orientada que vulnera la intimidad de terceros

Resolución PS-00074-2022
Firmado 2022-10-14T00:00:00Z
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Un individuo denunció que una cámara de videovigilancia estaba orientada hacia su parcela de parking en lugar de hacia el camino, afectando su intimidad. La parte denunciada no respondió a los requerimientos para aclarar la legalidad del sistema ni adoptó medidas correctivas. Se determinó que la cámara estaba mal orientada y afectaba a terceros sin justificación. Por ello, se impuso una sanción de 300 euros por vulnerar el principio de minimización de datos del RGPD. Además, se ordenó a la parte denunciada colocar carteles informativos y justificar la instalación de la cámara dentro de un mes.