| Resolución | PS-00071-2020 |
| Firmado | 2021-02-11T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
El Ayuntamiento de Ribaforada fue sancionado con un apercibimiento por una infracción del artículo 5.1.a) del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). La sanción se debe a que el ayuntamiento utilizó datos personales de un individuo para citarlo a una reunión con el pretexto de gestionar su empadronamiento, cuando en realidad el objetivo era facilitar su detención y expulsión del territorio nacional. La citación se realizó tras una solicitud verbal de la policía, sin que existiera un documento que motivara dicha colaboración. Además, el ayuntamiento no acreditó que los datos utilizados fueran obtenidos de manera lícita y transparente, ni que se hubieran empleado para una finalidad legítima y específica. La decisión subraya la importancia de tratar los datos personales de manera leal y conforme a la normativa vigente.