| Resolución | PS-00070-2022 |
| Firmado | 2022-08-18T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
B.B.B. fue sancionado por la instalación de un sistema de videovigilancia en su vivienda que captaba imágenes de zonas colindantes y de la vía pública sin el debido aviso. La reclamación, presentada por A.A.A., denunciaba que las cámaras estaban orientadas hacia el jardín y el interior de su vivienda, afectando su intimidad. Además, la reclamada no tenía permiso de la comunidad de propietarios para la instalación y no cumplía con la normativa de protección de datos al no informar a los afectados. La sanción se impuso debido a la falta de respuesta de B.B.B. a las solicitudes de información y a la evidencia presentada por la reclamante. Se le impusieron dos multas de 300 euros cada una por vulnerar los artículos 5.1.c) y 13 del RGPD, y se le ordenó retirar o regularizar las cámaras y colocar carteles informativos.