AEPD sanciona a Orange con 14.400 euros por activar línea móvil sin consentimiento

Resolución PS-00069-2018
Firmado 2018-05-17T00:00:00Z
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En el procedimiento sancionador PS/069/2018, se denunció que la empresa Orange había activado una línea móvil fraudulenta a nombre de F.F.F., quien no había solicitado dicho servicio. El denunciante, cliente de Orange con dos líneas móviles y una ADSL, descubrió la línea adicional en su facturación de marzo de 2017. Orange proporcionó un contrato supuestamente firmado por el denunciante, pero este negó haber dado su consentimiento.

Orange reconoció la activación de la línea el 28 de marzo de 2017 y su cancelación el 4 de abril de 2017, tras la reclamación del cliente. Sin embargo, se generaron facturas asociadas a la línea fraudulenta en abril, mayo, julio y agosto de 2017, con un cargo de 10,70 euros en julio, que fue regularizado en agosto. Orange atribuyó el error a un fallo en su sistema informático.

La denuncia se basó en la presunta infracción del artículo 6.1 de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD), que establece la necesidad de consentimiento para el tratamiento de datos personales. Esta infracción se considera grave y puede ser sancionada con multas que van desde 40.001 a 300.000 euros.

Orange fue sancionada inicialmente con 24.000 euros, pero esta cantidad se redujo a 14.400 euros debido al reconocimiento de responsabilidad y al pago voluntario de la sanción. La empresa también renunció a cualquier acción o recurso en vía administrativa contra la sanción. La resolución declaró la terminación del procedimiento sancionador tras el pago de la sanción reducida.