AEPD sanciona a Ciudad Residencial H.H.H. por uso indebido de cámaras en sistema de recogida de paquetería

Resolución PS-00066-2023
Firmado 2025-09-16T00:00:00Z
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En el caso analizado, dos residentes de una urbanización presentaron una reclamación contra la sociedad gestora de la comunidad, Ciudad Residencial H.H.H., por el uso de un sistema de recogida de paquetería que captaba y almacenaba fotografías de las personas que retiraban sus paquetes. Los reclamantes solicitaron el acceso a sus datos, se opusieron al tratamiento de su imagen y pidieron la supresión de todas las imágenes capturadas.

La sociedad gestora, H.H.H., argumentó que el sistema se implementó para mejorar la trazabilidad y seguridad en la entrega de paquetes, especialmente durante la pandemia de COVID-19, y que contaba con el consentimiento de los residentes. Sin embargo, los reclamantes alegaron que no fueron debidamente informados sobre este tratamiento de datos y que no se les proporcionó una opción menos intrusiva.

La decisión sancionadora concluyó que H.H.H. había vulnerado el principio de minimización de datos establecido en el artículo 5.1.c del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). La entidad fue sancionada con una multa de 2.000 euros y se le ordenó cesar el tratamiento de imágenes y eliminar todas las fotografías almacenadas. La sanción se justificó por la falta de proporcionalidad y necesidad del tratamiento de datos, ya que existían alternativas menos invasivas para lograr los mismos fines. Además, se consideró que la entidad no había realizado una adecuada ponderación de los intereses legítimos frente a los derechos de los residentes.