AEPD sanciona con apercibimiento a ***URL.1 por incumplir el RGPD en su política de privacidad

Resolución PS-00062-2021
Firmado 2021-04-22T00:00:00Z
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En el procedimiento PS/00062/2021, D. B.B.B. denunció que la página web ***URL.1 no incluía los datos del responsable del fichero, ni una política de privacidad ni un aviso legal adecuados. La página web recoge datos personales como el nombre y el correo electrónico, pero su política de privacidad se basaba en normativas derogadas, como la Ley Orgánica 15/1999 y el Real Decreto 1720/2007, en lugar del RGPD vigente.

Se abrió un procedimiento sancionador por incumplimiento del artículo 13 del RGPD, que establece la información que debe proporcionarse al usuario al recoger sus datos personales. La persona reclamada no presentó alegaciones. La sanción impuesta fue un apercibimiento, ordenándole adecuar su política de privacidad a la normativa vigente en un plazo de un mes. La decisión se basa en la necesidad de cumplir con las obligaciones de información establecidas por el RGPD.