AEPD sanciona a Orange España con 42.000 euros por tratar datos personales sin consentimiento y cederlos a ficheros de morosidad

Resolución PS-00054-2018
Firmado 2018-05-31T00:00:00Z
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En el procedimiento sancionador PS/00054/2018, se denunció que Orange Espagne, S.A.U. utilizó los datos personales de A.A.A. para dar de alta una línea telefónica que ella no había solicitado. Además, se alegó que la empresa cedió sus datos a ASNEF EQUIFAX para incluirla en un fichero de morosidad y a I.S.G.F. INFORMES COMERCIALES, S.L. para gestionar el recobro de una deuda de 59,10 euros.

La denunciante, A.A.A., presentó varias pruebas que respaldaban su reclamación, incluyendo facturas, cartas de reclamación y pantallazos del área privada de Orange. La empresa, por su parte, reconoció que había tratado los datos de la denunciante sin su consentimiento, lo cual constituía una infracción del artículo 6.1 de la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD).

La sanción propuesta inicialmente fue de 70.000 euros, pero se redujo a 42.000 euros debido al reconocimiento de responsabilidad y el pago voluntario por parte de Orange Espagne, S.A.U. La empresa optó por pagar esta cantidad, lo que implicó la terminación del procedimiento sancionador. La sanción se justificó por la gravedad de la infracción, la continuidad del tratamiento de datos sin consentimiento y la reincidencia de la empresa en este tipo de conductas.