BBVA sancionado por mantener datos en ASNEF tras acuerdo de pagos: Paga 42.000 euros por infracción grave de protección de datos

Resolución PS-00049-2018
Firmado 2018-06-14T00:00:00Z
Enlace 📋

El procedimiento sancionador PS/00049/2018 se inició tras una denuncia presentada por A.A.A. contra BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A. (BBVA). La denuncia alegaba que BBVA mantenía los datos del denunciante en el fichero ASNEF, a pesar de haber alcanzado un acuerdo extrajudicial de pagos que debería haber llevado a la exclusión de dichos datos.

El denunciante presentó documentos que respaldaban su afirmación, incluyendo un acta de reunión y un escrito de EQUIFAX que confirmaba la inclusión de sus datos en ASNEF. BBVA, por su parte, proporcionó documentación que mostraba la comunicación de un requerimiento de pago y la falta de constancia de devolución del mismo.

La investigación preliminar concluyó que BBVA había mantenido los datos del denunciante en el fichero ASNEF durante al menos cuatro meses después del acuerdo extrajudicial, lo cual constituía una infracción del artículo 4.3 de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal. Esta infracción se consideró grave y podría haber sido sancionada con una multa de 40.001 a 300.000 euros.

BBVA fue notificado del inicio del procedimiento sancionador y se le otorgó un plazo para formular alegaciones y presentar pruebas. Además, se le informó de la posibilidad de reconocer su responsabilidad y pagar una sanción reducida. BBVA optó por reconocer su responsabilidad y pagar voluntariamente una sanción de 42.000 euros, aplicando las reducciones previstas por el reconocimiento de responsabilidad y el pago voluntario.

Como resultado, el procedimiento sancionador se dio por terminado con el pago de la sanción, y se notificó la resolución a BBVA. La resolución también se hizo pública conforme a las normativas vigentes.