AEPD sanciona a B3C Consultoría con 800 euros por incumplir el RGPD en el tratamiento de datos de clientes de telefonía

Resolución PS-00048-2025
Firmado 2025-07-01T00:00:00Z
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La decisión se refiere a un procedimiento sancionador contra B3C Consultoría de Servicios 2010 S.L. por infracciones relacionadas con el tratamiento de datos personales. La reclamación inicial se presentó el 23 de junio de 2023, y se basó en el cambio de la empresa encargada de la facturación y el cobro de servicios de telefonía sin el consentimiento del cliente.

La parte reclamante tenía un contrato de telefonía con AIRE NETWORKS como operadora y ADENET SYSTEMS como encargada de la facturación y el cobro. Sin embargo, a partir de noviembre de 2022, las facturas comenzaron a ser emitidas por TELCO & HOSTING, S.L.U., sin que el cliente fuera informado adecuadamente. La reclamante denunció que este cambio se realizó sin su consentimiento y que el contrato original era con ADENET SYSTEMS.

Durante el procedimiento, se determinó que B3C Consultoría de Servicios 2010 S.L. había actuado como encargado del tratamiento de datos sin cumplir con las obligaciones establecidas en el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). Específicamente, B3C no obtuvo la autorización previa del responsable del tratamiento (AIRE NETWORKS) para contratar a TELCO como subencargado del tratamiento, ni impuso a TELCO las obligaciones necesarias para garantizar la protección de los datos personales.

Como resultado, B3C Consultoría de Servicios 2010 S.L. fue sancionada con una multa de 800 euros, distribuida en dos infracciones: 400 euros por la infracción del artículo 28.2 del RGPD y otros 400 euros por la infracción del artículo 28.4 del RGPD. Además, se le ordenó adoptar medidas correctivas para garantizar el cumplimiento de la normativa de protección de datos en un plazo de tres meses. La sanción se justificó por la gravedad de las infracciones y las consecuencias negativas para los derechos de los afectados.