| Resolución | PS-00041-2025 |
| Firmado | 2025-06-13T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
La empresa CUBILLO GALLEGO, S.L. (C.G.) fue sancionada por no cumplir con las medidas ordenadas en una resolución anterior, que exigía la actualización de su política de privacidad y la inclusión de la información requerida por el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) en sus contratos. La empresa no respondió a varios requerimientos para que acreditara el cumplimiento de estas medidas, lo que llevó a la apertura de un procedimiento sancionador.
La infracción se tipificó como grave según el artículo 83.6 del RGPD, que sanciona el incumplimiento de las resoluciones de la autoridad de control. La sanción propuesta inicialmente fue de 900 euros, pero se redujo a 540 euros debido al reconocimiento de responsabilidad y el pago voluntario por parte de C.G. Además de la sanción económica, se ordenó a la empresa que adoptara las medidas correctivas necesarias para ajustarse a la normativa de protección de datos en un plazo de un mes desde la notificación de la resolución.
La empresa reconoció su responsabilidad y pagó la sanción reducida, lo que llevó a la terminación del procedimiento sancionador. La resolución también ordenó a C.G. que notificara la adopción de las medidas correctivas en el plazo establecido. La resolución es firme en vía administrativa y puede ser recurrida ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses desde su notificación.