| Resolución | PS-00040-2018 |
| Firmado | 2018-03-26T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
En el procedimiento sancionador PS/00040/2018, se denunció que la empresa AVIS ALQUILE UN COCHE S.A. había comunicado incorrectamente los datos personales de una cliente, Dª. A.A.A., al Ayuntamiento de Madrid. Esta situación llevó a que la denunciante recibiera una multa de tráfico que no había cometido, y sus datos se publicaran en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
La denunciante alegó que sus datos personales no estaban actualizados y que esto había causado perjuicios significativos, incluyendo la recepción de una sanción y el riesgo de embargo de su cuenta bancaria. AVIS reconoció el error y prometió solucionarlo, pero la denunciante tuvo que pagar la multa para evitar embargos y luego reclamar la devolución del dinero.
La infracción denunciada se relaciona con el artículo 4.3 de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD), que establece que los datos personales deben ser exactos y actualizados. Esta infracción se considera grave y puede ser sancionada con multas que van desde 40.001 € a 300.000 €.
Dado que la infracción no fue intencionada y no se obtuvieron beneficios de la misma, se propuso una sanción de 10.000 €, que se redujo a 6.000 € debido al pago voluntario y el reconocimiento de responsabilidad por parte de AVIS. Este pago voluntario y reconocimiento de responsabilidad llevaron a la terminación del procedimiento sancionador.