Club Recreativo Deportivo Parque Cartuja sancionado por la AEPD por vulnerar la privacidad de datos sensibles en un expediente disciplinario

Resolución PS-00037-2019
Firmado 2019-03-21T00:00:00Z
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El Club Recreativo Deportivo Parque Cartuja fue objeto de una reclamación por parte de A.A.A., quien denunció que durante un expediente disciplinario iniciado en noviembre de 2017 y concluido en junio de 2018, el club facilitó a todos sus socios documentación que contenía datos personales sensibles del reclamante, como su nombre, NIF, domicilio, teléfono, email, lugar de trabajo, y los nombres y NIF de los socios propuestos como testigos.

La investigación confirmó que el club había permitido el acceso a esta información sin las debidas medidas de seguridad, vulnerando el principio de integridad y confidencialidad establecido en el artículo 5.1 f) del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). Este principio exige que los datos personales sean tratados de manera que se garantice su seguridad, protegiéndolos contra el tratamiento no autorizado o ilícito.

Como resultado, se impuso una sanción de apercibimiento al club. Además, se le requirió que, en un plazo de un mes, adoptara todas las medidas técnicas y organizativas necesarias para asegurar una protección adecuada de los datos personales, no solo en este caso específico, sino también en posibles situaciones futuras. Estas medidas deben garantizar la integridad y confidencialidad de los datos, cumpliendo con la normativa vigente de protección de datos.