La AEPD sanciona a RTVCLM por revelar la identidad de un solicitante de información pública sin consentimiento ni justificación legal

Resolución PS-00035-2024
Firmado 2024-08-06T00:00:00Z
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Un ciudadano solicitó información pública a Radio Televisión Castilla-La Mancha (RTVCLM) sobre expedientes disciplinarios y sanciones impuestas a trabajadores entre 2019 y 2022, solicitando que los datos fueran disociados o anonimizados. RTVCLM comunicó el nombre y apellidos del solicitante a terceros afectados, argumentando que la identidad del solicitante era relevante para su defensa. El solicitante denunció esta acción, alegando que RTVCLM vulneró la normativa de protección de datos al divulgar su identidad sin consentimiento ni autorización legal.

La resolución sancionó a RTVCLM por incumplir el artículo 6.1.a del RGPD, que establece que el tratamiento de datos personales solo es lícito con el consentimiento del interesado o en cumplimiento de una obligación legal. La sanción se impuso porque RTVCLM no justificó adecuadamente la necesidad de revelar la identidad del solicitante, y porque la legislación aplicable no obliga a revelar dicha identidad en estos casos. RTVCLM fue ordenada a adoptar medidas para evitar futuras divulgaciones no autorizadas de la identidad de los solicitantes de información pública.