AEPD multa con 10.000 euros por uso no consentido de vídeo personal en redes sociales y páginas web

Resolución PS-00033-2023
Firmado 2023-07-13T00:00:00Z
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D.ª A.A.A. denunció a D.ª B.B.B. por utilizar sin su consentimiento un vídeo grabado en una sesión formativa, en el que hacía declaraciones personales. El vídeo fue utilizado como testimonio para captar nuevos clientes en un reto de cinco días publicado en Facebook y dos páginas web. La reclamante nunca dio permiso para la publicación del vídeo, que incluía su nombre, apellidos y localidad de residencia. La difusión alcanzó a miles de personas. La parte reclamada no respondió a las notificaciones ni proporcionó pruebas de consentimiento. Se impuso una multa de 10.000 euros por vulnerar el artículo 6.1 del RGPD, que exige que el tratamiento de datos personales sea lícito y basado en el consentimiento del interesado. Además, se ordenó la retirada del vídeo de todas las plataformas.