| Resolución | PS-00032-2024 |
| Firmado | 2024-04-12T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
El procedimiento sancionador contra Caixabank se inició debido a una reclamación de un cliente que denunció que la entidad bancaria solicitaba su consentimiento para verificar datos personales ante la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) de manera preestablecida y sin opción a negarse, lo que podría llevar al bloqueo de su cuenta. La entidad argumentó que este procedimiento era rutinario y necesario para cumplir con la normativa de prevención del blanqueo de capitales.
Caixabank fue sancionada con una multa de 2 millones de euros, reducida a 1.2 millones tras el pago voluntario y el reconocimiento de responsabilidad. La sanción se debió a la vulneración del artículo 6.1 del RGPD, que establece que el consentimiento para el tratamiento de datos debe ser libre, específico, informado e inequívoco. La entidad no permitió a los clientes negarse a la verificación de datos sin sufrir consecuencias, lo que invalidaba el consentimiento.
El procedimiento se terminó tras el pago de la sanción y la adopción de medidas correctivas por parte de Caixabank para ajustar su procedimiento de obtención de consentimiento a la normativa vigente.