AEPD sanciona a la Policía por uso indebido de imágenes de videovigilancia en procedimiento disciplinario

Resolución PS-00027-2019
Firmado 2019-12-18T00:00:00Z
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El procedimiento sancionador se inició tras la reclamación de un inspector del Cuerpo Nacional de Policía (CNP) contra la Comisaría Provincial de una localidad. El inspector denunció el uso indebido de imágenes del sistema de videovigilancia de la comisaría para incoarle un procedimiento disciplinario. Según el reclamante, las imágenes fueron utilizadas sin su conocimiento y sin que se le informara de que el sistema podría ser empleado para dicha finalidad, además de considerar que el uso fue desproporcionado.

El incidente ocurrió la noche del 22 de mayo de 2018, cuando el inspector, que estaba de servicio, fue amonestado por no llevar el uniforme reglamentario. Al día siguiente, el inspector que le amonestó solicitó las imágenes de las cámaras de vigilancia para comprobar si el reclamante había cumplido con la orden de uniformarse. Las imágenes fueron extraídas y utilizadas para intentar sancionar al reclamante, quien argumentó que no había detenidos esa noche y que existían otros medios para verificar su conducta, como testimonios de compañeros.

La resolución determinó que el uso de las imágenes para fines disciplinarios fue una desviación de la finalidad propia del sistema de videovigilancia, que estaba destinado a garantizar la seguridad de los detenidos y del personal policial. Además, se consideró que no se informó adecuadamente al reclamante sobre el uso del sistema y sus posibles consecuencias, lo cual vulnera el principio de transparencia y el derecho a la protección de datos personales.

La sanción impuesta fue un apercibimiento, ya que se consideró que el uso indebido de las imágenes constituyó una infracción del artículo 5.1.b del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), que establece que los datos personales deben ser recogidos con fines determinados, explícitos y legítimos, y no deben ser tratados ulteriormente de manera incompatible con dichos fines. La resolución también subrayó la importancia de informar a los afectados sobre el uso de sus datos y de garantizar que cualquier tratamiento de datos sea proporcional y adecuado a las finalidades declaradas.