| Resolución | PS-00010-2020 |
| Firmado | 2020-07-10T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
Una persona denunció cargos recurrentes en su cuenta bancaria por líneas de teléfono que no había contratado ni autorizado. Los cargos correspondían a las líneas ***TELÉFONO.1 y ***TELÉFONO.2, y uno de los titulares era un tercero. Los hechos ocurrieron entre enero y noviembre de 2018. La empresa responsable reconoció un error de transcripción pero no pudo localizar el contrato de la línea ***TELÉFONO.2.
Se determinó que la empresa había tratado datos personales sin la debida legitimación, vulnerando el artículo 6.1 del RGPD. La sanción impuesta fue de 70.000 euros debido a la gravedad de la infracción y la afectación de datos personales básicos. La empresa fue notificada y se le advirtió sobre el pago de la sanción en el plazo establecido.