AEPD sanciona a Oliveros Ustrell, S.L. por portabilidades de teléfonos sin consentimiento, reduciendo la multa a 6.000 euros por reconocimiento de responsabilidad.

Resolución PS-00008-2020
Firmado 2020-03-13T00:00:00Z
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La empresa Oliveros Ustrell, S.L. fue sancionada por realizar una portabilidad de un número de teléfono sin el consentimiento de la titular, Dña. A.A.A. La reclamante denunció haber recibido un mensaje de Vodafone agradeciéndole una compra que no reconocía y haber encontrado una portabilidad contratada a su nombre. Al investigar, se descubrió que la empresa realizaba portabilidades a clientes sin su consentimiento, utilizando tarjetas de prepago de Lycamobile. La empresa no pudo proporcionar el contrato original ni demostrar que había obtenido el consentimiento de la reclamante. La sanción inicial fue de 10.000 euros, pero se redujo a 6.000 euros debido al pago voluntario y el reconocimiento de responsabilidad por parte de la empresa.