| Resolución | PS-00005-2022 |
| Firmado | 2022-07-27T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
Un individuo denunció a B.B.B. por la instalación de una cámara de videovigilancia en la entrada de su propiedad, que captaba imágenes de la vía pública y de su vivienda. La denuncia se basó en la posible vulneración de la normativa de protección de datos personales. El reclamado no presentó alegaciones ni pruebas que contradijeran los hechos denunciados. Se determinó que la instalación de la cámara vulneraba el principio de proporcionalidad y el deber de informar a los afectados. Por ello, se impuso una multa de 300 euros y se ordenó la retirada del dispositivo o su regularización conforme a la normativa vigente.