AEPD sanciona a PLAY ORENES por vulnerar la privacidad con cámaras de videovigilancia en vía pública

Resolución PS-00003-2020
Firmado 2020-10-26T00:00:00Z
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El procedimiento sancionador PS/00003/2020 se inició debido a una reclamación presentada por el Ayuntamiento de ***LOCALIDAD.1 contra PLAY ORENES, S.L. La denuncia se refería a la instalación de un sistema de videovigilancia en CALLE ***DIRECCIÓN.1, que captaba una parte significativa de la vía pública, más allá de lo considerado adecuado para la vigilancia del acceso al local. Los vecinos habían manifestado su preocupación por la privacidad y la policía municipal había confirmado la existencia de cámaras sin máscaras de privacidad.

PLAY ORENES, S.L. argumentó que las cámaras estaban orientadas hacia los accesos y que solo captaban mínimamente la vía pública, justificando su instalación por razones de seguridad. La empresa también mencionó que había colaborado con las fuerzas de seguridad proporcionando imágenes para la investigación de delitos.

Se propuso una sanción de 5.000 euros, reducida a 4.000 euros por pago voluntario, debido a la retirada de tres de las cuatro cámaras exteriores. La sanción se justificó por la infracción del principio de minimización de datos, que establece que los datos personales deben ser adecuados, pertinentes y limitados a lo necesario para los fines del tratamiento. La empresa fue ordenada a retirar o reorientar la cámara restante para cumplir con la normativa.