Orange Multada con 18.000 Euros por Ignorar la Oposición a Llamadas Publicitarias

Resolución PS-00003-2018
Firmado 2018-03-26T00:00:00Z
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En el procedimiento sancionador PS/00003/2018, se denunció a la entidad Orange Espagne, S.A.U. por recibir llamadas publicitarias no deseadas. La denunciante, A.A.A., había ejercido su derecho de oposición ante Orange, pero continuó recibiendo llamadas promocionales entre octubre y diciembre de 2016.

La denuncia se basó en la recepción de llamadas publicitarias de Orange en su línea telefónica, a pesar de haber solicitado expresamente que cesaran. La entidad fue informada de la oposición de la denunciante el 7 de octubre de 2016, pero las llamadas continuaron. La denunciante aportó documentación que respaldaba su reclamación, incluyendo correos electrónicos y facturas que acreditaban la titularidad de la línea.

Durante la investigación, se solicitó información a Orange y a otros operadores de telefonía. Se identificaron varias llamadas realizadas desde líneas asociadas a diferentes empresas, algunas de las cuales estaban vinculadas a Orange. Sin embargo, Orange no pudo proporcionar evidencia clara sobre el envío y recepción de los ficheros de exclusión publicitaria a sus prestadores de servicios.

La infracción se consideró grave según el artículo 6.1 de la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal, que establece que el tratamiento de datos personales requiere el consentimiento inequívoco del afectado. La sanción propuesta inicialmente fue de 30.000 euros, pero se aplicaron reducciones por el reconocimiento de responsabilidad y el pago voluntario, resultando en una sanción de 18.000 euros.

Orange reconoció su responsabilidad y procedió al pago de la sanción, lo que llevó a la terminación del procedimiento sancionador. La entidad renunció a cualquier acción o recurso en vía administrativa contra la sanción, aceptando así su responsabilidad en los hechos denunciados.