| Resolución | PD-00337-2025 |
| Firmado | 2026-02-03T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
Un trabajador presentó una reclamación contra la empresa FENG SHENG SUSHI, S.L. por varias irregularidades relacionadas con el tratamiento de sus datos personales. El reclamante denunció la existencia de un contrato laboral presuntamente falsificado, el uso indebido de sus datos bancarios y la negativa de la empresa a facilitar el acceso a datos personales derivados de sistemas de videovigilancia.
El trabajador solicitó la apertura de actuaciones de investigación, la adopción de medidas correctoras y sancionadoras, y la garantía del ejercicio efectivo de sus derechos en materia de protección de datos. Entre la documentación presentada se incluían correos electrónicos intercambiados entre el reclamante y la empresa, así como contratos laborales, informes de vida laboral y extractos bancarios.
La empresa, por su parte, argumentó que las solicitudes del trabajador se enmarcaban en un contexto de conflictividad laboral y judicial, y que había respondido adecuadamente a las solicitudes del reclamante. Sin embargo, no se pudo acreditar que la empresa hubiera facilitado la copia del contrato laboral ni el acceso a las grabaciones de videovigilancia solicitadas.
Se concluyó que la empresa no había atendido adecuadamente las solicitudes del trabajador en relación con el derecho de acceso a sus datos personales, lo que constituyó una infracción del artículo 15 del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). Por ello, se estimó la reclamación y se instó a la empresa a remitir al reclamante la certificación que atienda el derecho solicitado o a denegarlo motivadamente. El incumplimiento de esta resolución podría comportar la comisión de una infracción calificada como muy grave.