| Resolución | PD-00279-2025 |
| Firmado | 2025-11-23T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
El caso se refiere a una reclamación presentada por A.A.A. contra FedEx Spain, S.L. debido a la falta de respuesta a su solicitud de supresión de datos personales. El reclamante se registró en la página web de FedEx el 10 de abril de 2025 para consultar precios de envío, proporcionando datos personales y de tarjeta bancaria. Al decidir no utilizar los servicios, solicitó la baja de su cuenta y la supresión de sus datos a través de llamadas telefónicas, sin obtener una respuesta efectiva hasta el 13 de mayo de 2025.
FedEx aseguró que la baja se realizaría en un plazo de diez días hábiles, pero no cumplió con este compromiso. El reclamante realizó múltiples llamadas sin éxito, y solo en la última llamada se le informó que debía rellenar un formulario en la web, información que no se le había proporcionado anteriormente.
FedEx argumentó que la solicitud inicial se realizó a través de canales incorrectos y que finalmente se registró correctamente el 3 de junio de 2025. Afirmó que la cuenta del reclamante fue eliminada el 10 de junio de 2025, aunque esta acción se realizó de manera extemporánea.
La resolución estima la reclamación por motivos formales, ya que FedEx finalmente atendió la solicitud de supresión, aunque con retraso. No se considera necesaria la emisión de una nueva certificación ni actuaciones adicionales por parte de FedEx. La resolución se notifica a ambas partes y se hace pública de conformidad con la normativa vigente.