AEPD sanciona a la CELAD por respuesta tardía a solicitud de supresión de datos personales

Resolución PD-00276-2025
Firmado 2025-11-05T00:00:00Z
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El expediente EXP202510464 se refiere a una reclamación presentada por A.A.A. contra la Agencia Estatal Comisión Española para la Lucha Antidopaje en el Deporte (CELAD). La reclamante solicitó la supresión de sus datos personales tras la caducidad de su habilitación como agente de control de dopaje, utilizando el formulario habilitado en la página web correspondiente. Sin embargo, no recibió respuesta alguna por parte de CELAD.

La reclamante alegó que, conforme al artículo 17 del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), tenía derecho a la supresión de sus datos personales y a la notificación de dicha supresión a terceros, en caso de que sus datos hubieran sido comunicados. La reclamación fue admitida a trámite y se dio traslado a CELAD para que respondiera, pero esta no lo hizo en el plazo establecido.

Posteriormente, CELAD informó que había atendido la solicitud de supresión de datos, eliminando toda la información personal de la reclamante de su base de datos y de la carpeta en red correspondiente. Sin embargo, esta respuesta se emitió fuera del plazo legalmente previsto.

La resolución estimó la reclamación por motivos formales, ya que la respuesta de CELAD fue extemporánea. No se requirió la emisión de una nueva certificación, ya que la supresión de datos se había realizado efectivamente. La decisión subraya la importancia de responder a las solicitudes de derechos de protección de datos dentro del plazo legal para garantizar los derechos de los interesados.