La AEPD ordena a la Universidad Europea de Madrid informar al reclamante sobre el origen de sus datos y las transmisiones a terceros tras incumplir el RGPD.

Resolución PD-00271-2022
Firmado 2023-03-28T00:00:00Z
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A.A.A. presentó una reclamación contra la Universidad Europea de Madrid por no haber atendido adecuadamente su solicitud de acceso a sus datos personales. El reclamante había solicitado información sobre el origen de sus datos y las transmisiones a terceros, pero la universidad no proporcionó detalles completos. Tras un recurso, se determinó que la universidad no cumplió con los artículos 15.1.c) y g) del RGPD, que obligan a informar sobre los destinatarios de los datos y el origen de los mismos.

La resolución estima la reclamación y ordena a la universidad que, en un plazo de diez días hábiles, remita al reclamante la información solicitada o niegue la petición de manera motivada. El incumplimiento de esta resolución podría llevar a una sanción según el artículo 72.1.m) de la LOPDGDD.